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YXhQwlcL drxOnXzA REPOSITORIO DEL CODIGO PENAL ALEJANDRIUS

Repositorio Jurídico del Artículo 80 del Código Penal – Plazos de prescripción de la acción penal

ByAlejandrius

23 de mayo de 2024

Artículo 80.- Plazos de prescripción de la acción penal

La acción penal prescribe en un tiempo igual al máximo de la pena fijada por la ley para el delito, si es privativa de libertad.
En caso de concurso real de delitos, las acciones prescriben separadamente en el plazo señalado para cada uno.
En caso de concurso ideal de delitos, las acciones prescriben cuando haya transcurrido un plazo igual al máximo correspondiente al delito más grave.
La prescripción no será mayor a veinte años.
Tratándose de delitos sancionados con pena de cadena perpetua se extingue la acción penal a los treinta años. En los casos de delito de omisión de asistencia familiar, el plazo de prescripción se duplica.
En los delitos que merezcan otras penas, la acción prescribe a los dos años.
En casos de delitos cometidos por funcionarios y servidores públicos contra el patrimonio del Estado o de organismos sostenidos por este, o cometidos como integrante de organizaciones criminales, el plazo de prescripción se duplica.

 


CONCORDANCIAS:

Constitución Política del Perú:
arts. 41, 139.13.
Código Penal:
arts. 12, 22, 29, 50, 78.1, 81-91.

JURISPRUDENCIA:

CORTE SUPREMA

Efecto suspensivo de la acusación directa sobre el plazo de prescripción de la acción penal «Casación Nro. 691-2019/Loreto»Sumilla: La formalización de la acusación directa suspende el plazo de prescripción de la acción penal debido a que cumple con las mismas funciones que la formalización de la investigación preparatoria. Fundamentos destacados: La formalización de la Investigación Preparatoria, y que ambas representan comunicaciones directas con el juez penal, resulta adecuado y proporcional establecer que los efectos de la prescripción que le atañe la norma procesal a la disposición de la formalización de la investigación preparatoria también deba ser extendida para la acusación directa. Hechos del caso: El veintisiete de octubre de dos mil catorce, aproximadamente a la una con cuarenta minutos, en la avenida Participación cuarta cuadra, se intervino a Noé G.S. (26), quien conducía una motocicleta menor con placa de rodaje Ll-2119, marca Mavila, modelo Elegance, color negro, en aparente estado de ebriedad. Se le realizó un examen de dosaje etílico que arrojó positivo con 1.92 g/l de alcohol en la sangre, superando ampliamente el límite permitido por ley (0.5 gramos/litros). Los hechos fueron tipificados conforme al primer párrafo del artículo 274 del Código Penal vigente. Itinerario procesal: Por auto del ...
Prescripción de la acción penal, interrupción y suspensión en el delito de falsificación de documento privado «Recurso Casación Nro. 1479-2022/La Libertad»Sumilla:1. El delito de falsificación y uso de documento privado falso, previsto y sancionado por el artículo 427 del CP, está conminado en su extremo máximo con cuatro años de privación de libertad –que es el plazo al que se refiere el artículo 80 del CP–; y, antes de su vencimiento, la Fiscalía inició diligencias preliminares, que se llevaron a cabo hasta que dictó la disposición de formalización de la investigación formalizada. Recuérdese que el enunciado normativo del artículo 83 del CP estatuye, para estimar la interrupción de la acción penal, la realización de actuaciones por parte del Ministerio Público –entiéndase actos de investigación u otras diligencias de esclarecimiento– (también lo hace a las actuaciones del juez). Luego, incidiendo el CP, y asumiendo la lógica acusatoria del CPP, en las actuaciones de la Fiscalía, éstas, con el sentido ya indicado, interrumpen el curso de la prescripción y, por tanto, "…la acción penal prescribe, en todo caso, cuando el tiempo transcurrido sobrepasa en una mitad al plazo ordinario de prescripción": a los seis años –entre marzo de dos mil veinte y ...
Prescripción de la acción penal a sujetos de responsabilidad restringida por edad «Casación Nro. 161-2023/La Libertad»Sumilla a. El artículo 81 del Código Penal regula la reducción del plazo de prescripción e indica que los plazos de prescripción se reducen a la mitad cuando, al tiempo de la comisión del hecho punible, el agente tenga menos de veintiún años o más de sesenta y cinco. En el caso, de la ficha Reniec obrante en autos se aprecia que la recurrente Luisa Augusta Ríos Rodríguez nació el once de octubre de mil novecientos treinta y nueve, fecha que se condice con la establecida en el requerimiento mixto. Así, a la fecha de comisión del hecho punible —marzo a julio de dos mil diez—, dicha procesada contaba con setenta años. Esto es, cuando sucedieron los hechos la recurrente tenía más de sesenta y cinco años, por lo que le es aplicable la reducción del plazo de prescripción en una mitad, conforme al artículo 81 del Código Penal. b. Considerando que los hechos se suscitaron entre marzo y julio de dos mil diez, la prescripción de la acción penal se consumó en julio de dos mil diecinueve, fecha anterior a la fecha de expedición ...
Plazo de prescripción de la pena en los casos de revocación de la condena «Casación Nro. 428-2021/Arequipa»Sumilla: Considerando que el plazo de prescripción de la acción penal comprende un límite temporal tanto ordinario como extraordinario, en los casos de revocación de la pena suspendida en su ejecución, el plazo de prescripción de la pena comprende también un límite ordinario y extraordinario. Fundamentos destacados: En tal sentido, considerando que el plazo de prescripción de la acción penal comprende un límite temporal tanto ordinario como extraordinario, en los casos de revocación de la pena suspendida en su ejecución, de igual modo, el plazo de prescripción de la pena comprende un límite ordinario y extraordinario. Hechos del caso: El 8 de abril de 2014, mediante sentencia de conformidad, el Primer Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa declaró a Cary E.P.M. como autor del delito de omisión de asistencia familiar, en agravio de Franco E.P.N., representado por su madre, Eliana R.N.C. En dicha sentencia, se le impuso una pena privativa de libertad de un año y ocho meses, suspendida en su ejecución por el mismo plazo, bajo determinadas reglas de conducta. Posteriormente, ante el incumplimiento de las reglas de ...
Delito de peculado, prescripción y requisitos para la suspensión de la pena «Casación Nro. 2469-2021/Callao»Sumilla:1. Las reglas sobre prescripción de la acción penal o del delito tienen un carácter material o sustantivo y están en función a la necesidad de pena. El artículo 339, numeral 1, del Código Procesal Penal, al establecer la suspensión de la prescripción una vez se dicte la disposición de formalización de la investigación preparatoria, contiene una norma sustantiva, no procesal, pues tiene efectos sobre la reacción penal, sobre la punición de la conducta, por lo que, en tal virtud, su vigencia está en función a la fecha de comisión del delito; y, como éste se perpetró con anterioridad a la entrada en vigor del citado código, no es aplicable al sub judice. 2. El artículo 80 del Código Penal, según la Ley 28117, estableció que en los casos de delitos cometidos por funcionarios y servidores públicos contra el patrimonio del Estado o de organismos sostenidos por éste –que es el caso del delito objeto de este proceso penal–, el plazo de prescripción se duplica. Siendo así, el plazo será de dieciséis años (el delito de peculado tiene previsto una pena máxima de ocho años de ...
Suspensión de la prescripción penal y efectos retroactivos del artículo 339.1 del Código Procesal Penal «Casación Nro. 296-2021/Áncash»Sumilla: El artículo 339, numeral 1, del Código Procesal Penal regula expresamente una suspensión sui generis, diferente a la regulada en el artículo 84 del Código Penal, es decir, representa una distinta modalidad de suspensión del plazo prescriptorio; no obstante estar prevista en el Código Procesal Penal, es una disposición de derecho material que regula un aspecto básico de la institución de la prescripción penal –suspensión de plazos- y con él la posibilidad o no de la aplicación en concreto de una sanción penal. Dado que, las normas procesales no tienen efectos retroactivos, en el presente caso, no corresponde oponer la suspensión de la prescripción, en situaciones en que el Código Procesal Penal no se encontraba vigente. Por lo que aplicando las normas de los artículos 83 y 84 del Código Procesal Penal, se advierte que el delito ha prescrito, lo que implica que la sentencia de vista ha perdido virtualidad jurídica; deviniendo que el recurso de casación resulte fundado. Fundamentos destacados: El artículo 339, numeral 1, del Código Procesal Penal regula expresamente una suspensión sui generis, diferente a la regulada en el ...
Participación del extraneus como cómplice en el delito de negociación incompatible «Casación Nro. 2528-2023/Puno»Sumilla Dado que el delito de negociación incompatible es uno preparatorio del delito de colusión, es posible aceptar la participación a título de cómplice de un tercero que solo requiere que el particular realice un aporte significativo en la ejecución del hecho delictivo, con conocimiento de que auxilia al autor a concretar el interés indebido. Fundamentos destacados En esa línea, dado que el delito de negociación incompatible es uno preparatorio del delito de colusión, es posible aceptar la participación a título de cómplice de un tercero que solo requiere que el particular realice un aporte significativo en la ejecución del hecho delictivo, con conocimiento de que auxilia al autor a concretar el interés indebido. Hechos del caso Los hechos se originaron a partir de una auditoría realizada por la Contraloría General de la República en el año 2014 a la Municipalidad Provincial de Puno, donde se detectaron irregularidades en el proceso de adjudicación de menor cuantía N° 130-2012-MPP para la adquisición de porcelanatos destinados a la obra "Mejoramiento del Teatro Municipal de la ciudad de Puno, Provincia de Puno, Puno". La empresa DECOR CENTER S.A., representada por ...
La acusación directa y sus efectos en la suspensión de la prescripción de la acción penal «Recurso de Casación Nro. 515-2020/Cajamarca»Sumilla El Código Penal establece que el transcurso de la prescripción puede suspenderse o interrumpirse —se siguieron, al respecto, desde el Código Penal anterior, los modelos suizo e italiano (este último, en especial, respecto a la suspensión)—. 2. La suspensión es un efecto jurídico —que se verifica en presencia de algunas causas impeditivas del procedimiento penal— por el cual el transcurso del término de la prescripción se detiene durante el tiempo necesario para remover el obstáculo, de tal modo que la porción de tiempo ya transcurrida no pierda validez y pueda sumarse al periodo de tiempo posterior, que transcurre dese el día de la cesación de la causa suspensiva. 3. Una causa impeditiva del procedimiento penal, de carácter general, que introduce un obstáculo al transcurso del término de la prescripción (es decir, un detenimiento a la continuación del plazo legal para perseguir el delito), además de las previstas en el artículo 84 del Código Penal (cuestión previa, cuestión prejudicial, antejuicio constitucional y desafuero —ya eliminada—), es la incorporada expresamente por el artículo 339, numeral 1, del Código Procesal Penal: formalización ...
La Corte Suprema anula resolución de prescripción y declara extinta la acción penal por omisión a la asistencia familiar: Debate sobre la naturaleza permanente o instantánea del delito y sus implicancias en el cómputo de plazos prescriptorios «Recurso de Nulidad Nro. 476-2023/Lima Este» Sumilla El Juzgado Penal declaró de oficio la prescripción de la acción de penal, a pesar de carecer de facultad legal (competencia) que habilite dicho pronunciamiento, por cuanto la causa se encontraba con mandato supremo que disponía elevarse los actuados para que el Supremo Tribunal, mediante recurso de nulidad, se pronuncie sobre el fondo del grado. De conformidad con ello, el pronunciamiento emitido por el Juzgado Penal incurrió en causal de nulidad, conforme con lo previsto en los numerales 1 y 2 del artículo 298 del Código de Procedimientos Penales. Fundamentos destacados El Juzgado Penal declaró de oficio la prescripción de la acción de penal, a pesar de carecer de facultad legal (competencia) que habilite dicho pronunciamiento, por cuanto la causa se encontraba con mandato supremo que disponía elevarse los actuados para que el Supremo Tribunal, mediante recurso de nulidad, se pronuncie sobre el fondo del grado. De conformidad con ello, el pronunciamiento emitido por el Juzgado ...
Sumilla:. En el presente caso, el delito de robo agravado cuenta con circunstancias agravantes específicas, por lo que corresponde la determinación del quantum punitivo con el esquema operativo escalonado. El marco punitivo, bajo la normativa aplicable al momento de los hechos, estipulaba una pena mínima de 10 años y una máxima de 20, y contenía 7 circunstancias agravantes; no obstante, también debe tenerse en cuenta a la tentativa como casual de disminución de punibilidad, por lo que, debe reducirse ambos extremos del marco punitivo en 1/2. La Corte Suprema observa que la figura de la confesión sincera, por lo que solo es de aplicación la conclusión anticipada (reducción hasta de 1/7 de la pena). Fundamentos destacados:La Corte Suprema establece que si se trata de un delito evidente o descubierto flagrantemente, cualquier aceptación del hecho y colaboración del agente con la Policía o el Ministerio Público en el ejercicio de sus funciones —así se produzca de forma concomitante o inmediatamente después de cometido—, resulta irrelevante para la investigación o esclarecimiento del hecho y, consecuentemente, no determina reducción de pena en virtud de la aplicación de la fórmula de derecho premial referida a la confesión sincera. Hechos del caso:El 9 de mayo ...
Suspensión de la prescripción en delitos tributarios: El informe de indicios como requisito de procedibilidad y su impacto en el cómputo de plazos «Casación Nro. 2505-2022/Lambayeque» Sumilla: El Informe de indicios de delito de defraudación tributaria es imprescindible para emitir la disposición de formalización de la investigación preparatoria, conforme lo prevé el artículo 7, apartado 1, de la Ley Penal Tributaria; informe que, además, por ser de carácter técnico, tiene la calidad de pericia institucional (ex artículo 194 del Código Tributario). Por consiguiente, el doble carácter del Informe de indicios de delito de defraudación tributaria: requisito de procedibilidad y pericia institucional, no puede desconocerse. Es necesario para dictar la imputación formal y, además, puede erigirse en pericia institucional –en tanto contenga análisis contables, financieros y técnico tributarios–, con todos los efectos procesales que ello conlleva. Fundamentos destacados: "Por otro lado, es de aplicación el artículo 84 del CP, en tanto en cuanto el comienzo del proceso penal está condicionado a las resultas del procedimiento administrativo tributario y, en concreto, a la emisión del Informe de indicios de delito de defraudación tributaria, el cual se obtiene de los materiales investigativos administrativos respectivos y cuando la Administración ha realizado las diligencias necesarias ...
Prescripción de la acción penal por falsificación de documentos y nulidad de sentencia absolutoria por colusión en licitación pública municipal «Recurso de Nulidad Nro. 1026-2023/Áncash» Sumilla: Teniendo como punto de partida la fecha señalada y el tiempo transcurrido hasta el día de hoy han pasado 16 años, 2 meses y 2 días. Debe tenerse en claro que el delito de falsificación de documentos tiene un extremo máximo punitivo consistente en 10 años, por lo cual al operar el plazo extraordinario de prescripción (por actuaciones del Ministerio Público) el nuevo plazo prescriptorio se establece en 15 años (la mitad del plazo ordinario más la mitad del mismo, de conformidad con el artículo 83 del Código Penal); en consecuencia, para María Rojas Mogollón la acción penal ha prescrito, así como también para Joseph Rosales Cárdenas. Se advierte que la Sala superior ha incurrido en un déficit de motivación en la absolución de Oswaldo Feliciano Guerrero Rosales y Marco Antonio Abdala Maguiña Cáceres, al no haberse construido adecuadamente el razonamiento probatorio, lo que es relevante en el sentido de que afecta la motivación de la resolución impugnada. Aquello impide a este supremo Tribunal revisar el fondo del asunto por haberse incurrido en la ...
Colusión simple que no requiere perjuicio patrimonial al Estado «Recurso de Nulidad Nro. 1804-2022/Lima Norte» Sumilla: La Ley 29758, distingue entre colusión en su forma básica y colusión agravada. El elemento normativo "para defraudar al Estado" (modalidad simple), y "defraudare patrimonialmente al Estado" (modalidad agravada), no está vinculado solamente al quebrantamiento o infracción de la confianza depositada al funcionario o servidor público por razón del cargo, los principios constitucionales y los deberes funcionales especiales positivos previstos en los artículos 76 y 39 de la Constitución y leyes extrapenales aplicables en el tiempo o contexto de la contratación pública o negocio estatal, sino también a la idoneidad o proximidad real de perjudicar los intereses del patrimonio estatal (colusión simple) o, en su caso, de lesionar efectivamente el patrimonio del Estado (colusión agravada). Con base en el principio de favorabilidad de la ley penal (inciso 11 del artículo 139 de la Constitución y artículo 6 del Código Penal), al no haberse acreditado el perjuicio económico a La Municipalidad, es de aplicación el plazo extraordinario de prescripción de 9 años. En ese sentido, el poder punitivo del Estado ha cesado. Fundamentos destacados: El legislador, mediante la Ley 29703 publicada el 10 de junio ...

DOCTRINA:


MODIFICATORIAS:

LEY N° 30077

- publicado en el diario oficial El Peruano /

LEY N° 28117

- publicado en el diario oficial El Peruano /

LEY Nº 26360

- publicado en el diario oficial El Peruano /

LEY Nº 26314

- publicado en el diario oficial El Peruano /

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