Artículo 356.- Inducción a no votar o hacerlo en sentido determinado
El que, mediante dádivas, ventajas o promesas trata de inducir a un elector a no votar o a votar en un sentido determinado, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años.
CONCORDANCIAS:
- Constitución Política del Perú:
- arts. 2.17, 30-38, 176-187.
- Código Penal:
- arts. 12, 23, 29, 57-61, 62, 92, 93, 360.
- Nuevo Código Procesal Penal:
- art. 286.
- Declaración Universal de Derechos Humanos:
- art. 21.
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos:
- art. 25.b.
- Convención Americana sobre Derechos Humanos:
- art. 23.1.a.
- Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre:
- art. XXXII.
- Carta Democrática Interamericana:
- arts. 3, 17-20, 23.
JURISPRUDENCIA:
CORTE SUPREMA
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