Artículo 223.- Uso o venta no autorizada de diseño o modelo industrial
Serán reprimidos con pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de cinco años, con sesenta a trescientos sesenta y cinco días-multa e inhabilitación conforme al Artículo 36 inciso 4) tomando en consideración la gravedad del delito y el valor de los perjuicios ocasionados, quienes en violación de las normas y derechos de propiedad industrial:
a. Fabriquen, comercialicen, distribuyan o almacenen etiquetas, sellos o envases que contengan marcas registradas;
b. Retiren o utilicen etiquetas, sellos o envases que contengan marcas originales para utilizarlos en productos de distinto origen; y
c. Envasen y/o comercialicen productos empleando envases identificados con marcas cuya titularidad corresponde a terceros.
CONCORDANCIAS:
- Constitución Política del Perú:
- art. 2.8.
- Código Civil:
- arts. 18, 302.5.
- Declaración Universal de Derechos Humanos:
- arts. 17, 27.
- Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales:
- art. 15.
- Convención Americana sobre Derechos Humanos:
- art. 21.1.
- Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre:
- arts. XIII, XXII.
- Carta Andina para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos:
- arts. 24.9, 38, 43.1, 59.3.


















