Artículo 161.- Violación de correspondencia
El que abre, indebidamente, una carta, un pliego, telegrama, radiograma, despacho telefónico u otro documento de naturaleza análoga, que no le esté dirigido, o se apodera indebidamente de alguno de estos documentos, aunque no esté cerrado, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con sesenta a noventa días-multa.
CONCORDANCIAS:
- Constitución Política del Perú:
- arts. 2.5-7, 10. 97, 200.3.
- Código Penal:
- arts. 12, 29, 41-44.
- Nuevo Código Procesal Penal:
- arts. 2, 143.
- Código Civil:
- arts. 16, 17.
- Declaración Universal de Derechos Humanos:
- art. 12.
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos:
- art. 17.
- Convención Americana sobre Derechos Humanos:
- art. 11.2, 11.3.
- Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre:
- arts. V, X.
- CEDH:
- art. 8.
JURISPRUDENCIA:
CORTE SUPREMA
La confesión sincera como requisito para la reducción de la pena en casos de feminicidio «Casación Nro. 1970-2019/Tacna»Sumilla: I. La confesión sincera está regulada en el artículo 160 del Código Procesal Penal y consiste en la admisión por parte del imputado de los cargos incriminados en su contra siempre que: (a) esté debidamente corroborada por otro u otros elementos de convicción, (b) sea prestada libremente y en estado normal de las facultades psíquicas, (c) sea prestada ante el juez o el fiscal en presencia de su abogado y (d) sea sincera y espontánea. En esta última exigencia, se requiere que la declaración sea libre, veraz, consciente, coherente y uniforme en todo el curso del proceso; de lo contrario, no serán aplicables las reglas de reducción por bonificación. II. Si bien el encausado Alfonso Díaz Sonco aceptó los cargos en su contra conforme a la primera acta de intervención policial del veinte de agosto de dos mil dieciocho, que solo fue realizada con la presencia policial, no se tuvo en cuenta que ese mismo día brindó su declaración preliminar en presencia del fiscal y su defensa técnica particular, en la que reiteró su acogimiento a la confesión sincera, por lo que ...


















