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YXhQwlcL drxOnXzA REPOSITORIO DEL CODIGO PENAL ALEJANDRIUS

Repositorio Jurídico del Artículo 111 del Código Penal – Homicidio Culposo

ByAlejandrius

23 de mayo de 2024

Artículo 111.- Homicidio Culposo

El que, por culpa, ocasiona la muerte de una persona, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años o con prestación de servicios comunitarios de cincuenta y dos a ciento cuatro jornadas.

La pena privativa de la libertad será no menor de un año ni mayor de cuatro años si el delito resulta de la inobservancia de reglas de profesión, de ocupación o industria y no menor de un año ni mayor de seis años cuando sean varias las víctimas del mismo hecho.

La pena privativa de la libertad será no menor de cuatro años ni mayor de ocho años e inhabilitación, según corresponda, conforme al artículo 36° -incisos 4), 6) y 7)-, si la muerte se comete utilizando vehículo motorizado o arma de fuego, estando el agente bajo el efecto de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas, o con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5 gramos-litro, en el caso de transporte particular, o mayor de 0.25 gramos-litro en el caso de transporte público de pasajeros, mercancías o carga en general, o cuando el delito resulte de la inobservancia de reglas técnicas de tránsito.

 


CONCORDANCIAS:

Constitución Política del Perú:
art. 2.24.a.
Código Penal:
arts. 20.9, 23, 113, 316.

JURISPRUDENCIA:

CORTE SUPREMA

Prueba pericial determinante por sobre prueba testifical y prescripción de acción civil «Recurso Casación Nro. 1331-2017/Cusco»Sumilla: Corresponde al Tribunal Supremo, respecto del control de la garantía de motivación, examinar si se presentan aquellos supuestos referidos a (i) motivación omisiva, (ii) motivación incompleta, (iii) motivación dubitativa, (iv) motivación genérica o contradictoria, y (v) motivación ilógica respecto de las inferencias probatorias. 2. La determinación de la intoxicación alcohólica, desde su utilidad o relevancia, es de carácter pericial. La prueba testifical, en los supuestos de intoxicación alcohólica, es, siempre, un complemento indiciario de la prueba pericial o, en todo caso, un sucedáneo de ella ante la falta de prueba pericial. 3. La prescripción de la acción penal no determina, automáticamente, la prescripción de la acción civil. La Casación civil ha estipulado que el artículo 100 del Código Penal, cuando preceptúa: "La acción civil derivada del hecho punible no se extingue mientras subsista la acción penal", configura un supuesto de interrupción de la prescripción extintiva de la acción civil. Fundamentos destacados: La determinación de la intoxicación alcohólica, sin duda, desde su utilidad o relevancia, es de carácter pericial. Esta exigencia responde a la idea de necesidad de la prueba, en cuya virtud el medio ...
Homicidio culposo y posición de garante de los directores de centros educativos «Casación Nro. 954-2019/Huánuco»Sumilla: El procesado GILBERTO BERROSPI MORI, en su condición de director del centro educativo y organizador del paseo escolar acaecido el veintiocho de septiembre de dos mil trece, tuvo que haber desplegado y adoptado las medidas de protección necesarias para garantizar la vida e integridad de los estudiantes. En el plano objetivo, su deber de protección se intensifica si la actividad pedagógica se iba a efectuar en un lugar de esparcimiento que se encontraba muy cerca del río Huallaga. En tal escenario, no era imprevisible que los menores, en grupo o individualmente, se apartaran de la vista y del punto de concentración, y se dirigiesen a zonas alejadas. De este modo, además de los tutores y profesores, su presencia era imprescindible, como máxima autoridad. Seguidamente, en el aspecto subjetivo, se afirma, razonablemente, que los riesgos eran claramente previsibles o cognoscibles para él. Se observan determinadas circunstancias que no reflejan un comportamiento prudente y que, a pesar de ello, no fueron ponderadas en su real dimensión por los órganos jurisdiccionales de primera y segunda instancia. Todo ello, conlleva a establecer que GILBERTO BERROSPI MORI no cumplió su ...
Homicidio culposo: criterios característicos de la Lex artis ad hoc en el acto médico «Casación N.° 334-2019/Ica»Sumilla: a. En los delitos culposos, en particular el de homicidio, el juicio de tipicidad objetiva debe realizarse con base en criterios de imputación objetiva. Si la acusación es por homicidio culposo, en el contexto de la actividad médica, estos criterios permitirán establecer si el resultado dañoso puede imputarse objetivamente a una conducta, como consecuencia de la vulneración del deber de cuidado, objetivado en la lex artis ad hoc. b. La lex artis ad hoc es un concepto relativamente indeterminado, que debe ser precisado por el juzgador en función de las siguientes características: 1. contenido semántico, 2. flexibilidad, 3. ámbito de aplicación, 4. naturaleza normativa, 5. sentido práctico y deontológico, 6. carácter dinámico, 7. aplicación relativa, 8. regula actividades, 9. inherente a la actividad médica, 10. finalidad benefactora y 11. enfocado en el método no en los resultados. c. En la sentencia de vista, la Sala de Apelaciones no fundamentó de manera acabada los criterios para proceder a la absolución del acusado, y se limitó a explicar su decisión en función de criterios de culpabilidad, obviando desarrollar con anterioridad el juicio de tipicidad objetiva ...
Principio de igualdad y debido proceso en el caso de médicos imputados en delito contra la vida «Casación Nro. 153-2017/Piura»Sumilla:Principio de igualdad y debido proceso. A coimputado, por los mismos hechos y delitos se le declaró fundada la Casación número quinientos ochenta y uno-dos mil quince-Piura, de fecha cinco de octubre de dos mil dieciséis y fundada la Excepción de improcedencia de acción, y el archivo definitivo por todos los delitos imputados. Fundamentos destacados:"Para poder considerar a una persona autor de un delito culposo o imprudente se le debe imputar: la infracción de la norma de cuidado y la producción de un resultado a consecuencia de dicha infracción de la norma. Entiéndase por deber objetivo de cuidado al conjunto de reglas que debe observar el agente mientras desarrolla una actividad concreta en el ejercicio de una profesión, ocupación o industria." Hechos del caso:El 22 de febrero de 2014, Edda Guerrero Neira sufrió una serie de golpes que le causaron la muerte. Fue conducida inicialmente al Hospital III Cayetano Heredia, donde el imputado Olórtiga Contreras solicitó alta voluntaria y la trasladó a la Clínica Sanna Belén. En dicha clínica fue atendida por varios médicos, entre ellos Rafael Eduardo Gallo Seminario, John ...

DOCTRINA:


MODIFICATORIAS:

LEY N° 29439

- publicado en el diario oficial El Peruano /

LEY N° 27753

- publicado en el diario oficial El Peruano /

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